Ocurrió en Formosa. Los menores habrían sido obligados en más de 40 oportunidades a practicarle sexo oral a la pareja de su mamá. La actuación del hermano mayor, clave para presentación judicial.
Los hechos habrían ocurrido en numerosas ocasiones, se estima que más de 40 veces. Y pese a que sus hijos, una nena de 8 años y un nene de 9, le contaron que estaban siendo víctima de reiterados abusos sexuales por parte de su padrastro, la mujer no les creyó y siguió confiando en su pareja.
La situación llegó a tal extremo que el varón, cansado de que su padrastro lo obligara a él y a su hermanita a que les practicara sexo oral, le contó todos los padecimientos a su tía y finalmente fue ella quien tramitó la tenencia ante la Justicia y sacó a la luz este aberrante hecho.
Tras la investigación que se llevó a cabo en el Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 6, de Formosa; su titular, Guillermo Caballero, dictó el procesamiento con prisión preventiva del padrastro de los chicos, de 23 años, por abuso sexual de menores.
Para tomar esta resolución, el juez tuvo en cuenta lo que declararon las víctimas en Cámara Gesell, sobre todo el varón, quien hizo un relato pormenorizado de cómo su padrastro abusaba de ellos por la fuerza, bajo amenaza e inclusive, mediando violencia física en más de una oportunidad.
En su fallo, el juez Caballero recordó que para el dictado del auto de procesamiento no es indispensable alcanzar el grado de certeza sobre la existencia del hecho, sino que es suficiente con que exista probabilidad de que el imputado haya participado en un hecho delictivo. Es decir, basta la convicción de que se cometió un delito en el cual el incluso pudo tener participación.
El juez formoseño también recordó que debe tenerse en cuenta que en el tipo de delito que se investiga también cuentan los indicios que rodean al caso como para determinar la verosimilitud de los hechos imputados.
denunciaron a su padrastro por abuso sexual
Señaló que como en la mayoría de los casos de esta naturaleza, los lugares de comisión se corresponden a ámbitos alejados de la vista de terceras personas que conlleva a la ausencia de testigos directos y sin la existencia de rastros o evidencias físicas; la declaración testimonial es considerado un medio de prueba.
Otra de las novedades que introdujo su fallo fue el agregado de una carta dirigida a los dos menores involucrados donde les contaba los alcances de su resolución.
El escrito, de fácil lectura, decía:
“Hola L. y V., soy Guillermo Caballo, el juez, y quiero que sepan que las autoridades de todo el mundo estamos para cuidarlos y protegerlos. ¿Se acuerdan que nos hablaron frente a la Licenciada?
Pues yo creo todo lo que nos dijeron, son muy valientes por atreverse a contarnos lo que pasó, porque eso que les hizo está mal y sabemos que los lastimó y por eso, él tiene que responder. Entonces para que él ya no vuelva a lastimarlos a ustedes ni a nadie más, él va a tener que estar detenido por algún tiempo más, mientras vos y tu hermana sigan creciendo y haciendo la vida con sus amigos y familiares, van a seguir yendo a la escuela y escuchando las charlas de las psicólogas que los han apoyado.
Hoy que es 2 de septiembre de 2021 quiere darte las gracias por confiar en mí y contarme todo.
En dialogo con el juez Caballero contó “que muchas veces desde la Justicia escribimos para el sector de los abogados, por eso me pareció escribirles y explicarles lo más sencillo posible, esto es algo que nos marca toda la vida”.
Consideró “una buena oportunidad por lo que se viene trabajando desde el Poder Judicial con respecto al lenguaje claro en la sentencias” y destacó “la valentía de una de las víctimas al hablar por la Cámara Gesell”.