El proyecto de ley remitido por el gobernador Herrera Ahuad tiene varias novedades en el texto remitido a los legisladores misioneros.

El gobernador Oscar Herrera Ahuad remitió a la Legislatura a mediados de semana, el proyecto de ley de presupuesto 2024 para la provincia de Misiones. La denominada “ley de leyes” aún no tiene fecha de inicio de tratamiento en comisión, pero seguramente será a partir de septiembre.

accedió en exclusiva al articulado del proyecto de ley, donde aparecen varias novedades que pidió el Ejecutivo para el mandato de Hugo Passalacqua y Lucas Romero Spinelli.

Ya lo dijo el mandatario actual en el mensaje a la Legislatura: “Presentamos un proyecto de presupuesto para el Gobierno electo que asumirá el próximo 10 de diciembre pero que expresa una continuidad en la ejecución de las políticas públicas a favor de los misioneros”, en referencia al consenso de las políticas que se sostendrán sin importar quién gobierne, aunque sí el énfasis que cada Gobernador le da a cada área.

En el proyecto de ley de Herrera, por ejemplo, se crea una Unidad Ejecutora para Desarrollo Social, que no estará alcanzada por la Ley de Contabilidad y la dotará de menos procesos burocráticos para la atención en el área.

Además, autoriza a la Dirección General de Rentas (DGR) a diseñar, reglamentar el uso e implementar el proceso de digitalización, creando el expediente electrónico al igual que las notificaciones y firma digital.

También, Herrera propuso la creación de un Programa de Promoción de la Economía del Conocimiento, para fomentar las empresas start up.

Luego pidió dos autorizaciones para el Ministerio de Hacienda: el primero para realizar “inversiones transitorias” con fondos de garantías de obras y “cualquier otro fondo de terceros, o inmovilizado”.
El segundo, es para “constituir fideicomisos que se financien con recursos o aportes especiales” que obtenga la Provincia para preservar el medio ambiente y promoción de actividades start up.

En su mensaje a los diputados, Herrera aseguró que “la ley de presupuesto no debe ser un documento rígido que le impida constituirse en una herramienta eficaz para la gestión, debe poder adaptarse a los cambios de coyuntura que eventualmente pudieran presentarse a lo largo del ejercicio financiero. De no contarse con normas de esta característica, ante cualquier modificación que resultara necesario realizar a las partidas contenidas en la ley, por mínima que sea, tendría que sancionarse una ley modificatoria del presupuesto”.

La Ueppdeso

El Artículo 16 del proyecto de presupuesto 2024 de Misiones, establece la creación de la Unidad Ejecutora Provincial de Proyectos de Desarrollo Social (Ueppdeso) en el ámbito de la vicegobernación de Lucas Romero Spinelli, “la que tendrá como objeto la implementación de políticas sociales y agrarias, fortalecimiento de la economía social, ejecutar obras de infraestructura básica social, programas de promoción social, el desarrollo integral de las personas y las que oportunamente disponga el Poder Ejecutivo”.

Al quedar fuera del alcance de la Ley de Administración Financiera y de Contabilidad, se pide facultar al Ejecutivo “…a disponer los mecanismos y procedimientos necesarios para su funcionamiento”.

En el esquema actual de la Vicegobernación, se concentra la coordinación de las políticas sociales de la provincia.

Esta Ueppdeso le dará mayor capacidad de respuesta al Estado para casos de emergencia, al poder saltear algunos procedimientos administrativos que tiene el grueso de la gestión.

Unidades Ejecutoras de esas características ya existen, por ejemplo en Educación donde se creó hace varias décadas la Unidad Sectorial de Coordinación y Ejecución de Programas y Proyectos Especiales (Uscepp).

Romero Spinelli, vicegobernador electo, también ejercerá otras coordinaciones, de aprobarse el proyecto de presupuesto: la ejecución, control y autorización de gastos de las Leyes de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Feria Franca y Mercado Zonal Concentrador de Ferias Francas de la Provincia; la Ley del Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; la de Fortalecimiento de la Educación Técnica Profesional Secundaria y Creación de Establecimiento Técnico Profesionales en la Provincia; el Marco Regulatorio y Promoción para la Investigación Desarrollo y Uso Sustentable de Fuentes de Energía Renovables No Convencionales, Biocombustibles e Hidrógeno; la Ley de Plantas con Efectos Terapéuticos para la Protección y Promoción de la Salud; y la entrega de subsidios “de su área; y las que determine el Poder Ejecutivo conforme reglamentación que dicte al efecto”.

Digitalización de Rentas

A su vez, en el mismo Artículo 16 de la propuesta remitida por Herrera Ahuad a los diputados, figura la profundización de Gobierno Electrónico en un área clave: la Dirección General de Rentas o también conocida como la Agencia Tributaria de Misiones (ATM).

Se solicitó que la DGR sea facultada a “a diseñar, reglamentar el uso e implementar, el proceso de digitalización del Organismo, el sistema de verificación y fiscalización electrónica, expediente electrónico, documento electrónico, firma electrónica, firma digital, comunicaciones y notificaciones electrónicas, domicilio electrónico y archivos electrónicos, en todos los procesos y procedimientos administrativos y fiscales, que se tramiten ante la DGR y la Cámara Fiscal, con idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes convencionales, con los mismos alcances y efectos que lo dispuesto en la Ley XXII – N° 35 (antes 4366), Código Fiscal”.

En la materia fiscal, siguiendo lo solicitado desde hace varios años, se propone sostener la posibilidad de que el Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, pueda “… efectuar adecuaciones de las alícuotas y de los tributos allí establecidos, con amplias facultades para establecer o modificar los regímenes vigentes de pagos a cuenta, percepción, bonificaciones, retención o recaudación e información, así como también, mecanismos de control, autorización y análisis de los gastos operativos y de funcionamiento de la DGR”.

Promoción start up

Dentro siempre del Artículo 16, se solicitó la creación de un programa de promoción de la Economía del Conocimiento. Con el mismo, para el gobierno de Passalacqua, se propone generar esta herramienta para “…fomentar las actividades económicas de las empresas y start up que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y mejoras de procesos, generación de puestos de trabajo en todo el territorio de la provincia de Misiones”.

Se haría “… mediante el otorgamiento de subsidios o beneficios impositivos, como ser, exenciones o bonificaciones de los tributos establecidos en el Código Fiscal y la Ley de Alícuotas”.

Facultades financieras para Safrán

COMÚN DENOMINADOR. Safrán seguiría al frente de Hacienda.

En la renovación descuentan que el único ministro que goza de ratificación es el titular de Hacienda, Adolfo Safrán, cuya hermana María Eugenia, consiguió un amplio triunfo en la Municipalidad de Apóstoles.
En el “súper” Artículo 16 del proyecto de ley de presupuesto al que accedió en exclusiva PRIMERA EDICIÓN, Oscar Herrera Ahuad, pidió una serie de facultades financieras para el Ministerio de Hacienda del nuevo Gobierno, es decir, el de Hugo Passalacqua.
• “Se autoriza al Poder Ejecutivo, en el marco del Acuerdo aprobado por Decreto 2530/21 y se fijan las pautas inherentes a la compraventa de bonos o créditos de carbono con el sector privado y/o público, la emisión de títulos, fondos o cualquier instrumento financiero que no representen un endeudamiento para la Provincia, pudiendo el Poder Ejecutivo realizar los actos jurídicos conducentes a tal fin, quedando para ello exceptuado del régimen de contrataciones de la Ley de Contabilidad”.
• “Queda autorizado a realizar operaciones que devenguen intereses, consistentes en inversiones transitorias que presenten el mayor rendimiento y seguridad de los fondos provenientes de garantías de obras establecido por el Artículo 45 de la Ley X-N° 4 (antes N° 83) y/u otros fondos de terceros, existentes o a crearse, como también, cualquier otro recurso que se encuentre ocioso por su inmovilización. Siendo los intereses devengados por dichas operaciones ingresados a la cuenta de la Tesorería General de la Provincia o en las cuentas de los organismos de la administración central y/o descentralizados de origen según lo determine la reglamentación, en cuanto no sean momentáneamente necesarios para la cancelación de los compromisos contraídos o para el fin a que están destinados”.

Fideicomisos
A su vez, en el Artículo 24 del mismo proyecto de ley, se pide facultad para la creación de fideicomisos. Así, el “Poder Ejecutivo, puede ceder fiduciariamente recursos de libre disponibilidad para atender el pago de gastos que se ejecutan presupuestariamente conforme a las normas legales en vigencia, y disponer de los recursos necesarios para afrontar, a través del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las actualizaciones previstas en los contratos de fideicomisos vigentes, renegociar las cláusulas contractuales y los ajustes de la subvención de las concesiones que se abona a través de los mismos, como así también, constituir fideicomisos para la atención de los gastos inherentes a la emergencia epidemiológica y sanitaria a favor del Parque de la Salud de la Provincia de Misiones Dr. Ramón Madariaga”.
En ese sentido, se solicitó que el Ejecutivo pueda “… constituir fideicomisos que se financien con recursos o aportes especiales que reciba la Provincia de Misiones por su contribución a la preservación del cuidado del medioambiente, biodiversidad y aporte hídrico cuya inversión será destinada a la promoción de las actividades de la Economía del Conocimiento por parte de las empresas y start up radicadas en la provincia”.
Finalmente, en referencia a la misma temática, se solicitó a los diputados que se faculte al Ministerio de Hacienda “… a renegociar las cláusulas de los contratos de fideicomisos vigentes, como así también, a ceder fiduciariamente recursos de libre disponibilidad para atender el pago de subsidios otorgados por el Poder Ejecutivo”.